¿Cuántas personas pueden visitar?
Generalmente, a las personas encarceladas se les permite ver hasta tres visitantes al mismo tiempo. Sin embargo, el número máximo puede variar según el espacio y otras condiciones de cada cárcel, como el espacio y la cantidad de visitantes en un momento dado. A las personas encarceladas antes del juicio generalmente se les permiten tres visitas durante una semana, cada una en días separados. Los condenados podrán tener dos visitas por semana, en días separados. Puedes aprender más aquí.
¿Hay requisitos de edad?
Los niños pueden visitar. Los niños menores de 16 años deben estar acompañados de un adulto mayor de 18 años y con identificación adecuada. Un adolescente que tenga 16 o 17 años puede visitarlo sin un adulto, pero no puede actuar como acompañante adulto de un niño menor de 16 años, a menos que tanto el visitante como la persona encarcelada sean los padres del niño.
¿Cuándo puedo visitar?
Hay un horario de visitas de fechas y horas basado en el apellido de la persona encarcelada. Las visitas deben ocurrir en ciertos momentos en días específicos. Los amigos y la familia pueden obtener esta información en el Sitio web del Departamento de Corrección.
¿Qué formas de identificación se requieren?
Debe tener la identificación adecuada. Consulte el sitio web del DOC para asegurarse de que tiene el correcto. Cada visitante adulto y menor no acompañado de 16 y 17 años debe tener una forma de identificación válida que contenga una fotografía clara y una firma. Una tarjeta de identificación válida debe estar vigente. Ejemplos de documentos de identificación válidos incluyen:
- Licencia de conducir con foto y firma (incluidas las licencias de otros estados)
- Documento de identidad/pasaporte con foto de extranjero
- Tarjeta de identificación de la escuela
- Tarjeta de identificación laboral
- tarjeta de cupones de alimentos
- Tarjeta de identificación de las Fuerzas Armadas de EE. UU.
- Identificación de licencia de no conductor del Departamento de Vehículos Motorizados del Estado de Nueva York
Artículos prohibidos
Los siguientes artículos no están permitidos dentro de una cárcel de la ciudad:
- Radios
- Walkman
- Buscapersonas
- teléfonos celulares
- Cámaras
- Equipo electronico
- Dispositivos de grabación
- Armas, incluidas armas de fuego, municiones y cuchillos
- Drogas, alcohol y bebidas