Si usted es un acusado en un caso penal, debe hablar con un abogado penal sobre cualquier acción que considere tomar en relación con su maltrato por parte de la policía.
Hay varias agencias gubernamentales que revisan las quejas contra la policía de Nueva York. Cualquiera puede presentar una queja comunicándose con la Junta de Revisión de Quejas Civiles:
Junta de Revisión de Quejas Civiles
Calle Rector 40 2do Piso
Nueva York NY 10006
Teléfono: 212-442-8833
Las quejas de CCRB se pueden presentar en persona, por teléfono o por correo. Los formularios de quejas están disponibles en todas las estaciones de policía de la ciudad de Nueva York. La CCRB tiene autoridad para investigar y recomendar acciones departamentales contra los agentes que utilicen fuerza excesiva, abuso de autoridad, descortesía y lenguaje ofensivo.
Las quejas sobre robo, recepción de sobornos o “pluriempleo” por parte de la policía deben remitirse a la División de Asuntos Internos del NYPD llamando al 800-PRIDE-PD o al 212-741-8401. Las denuncias también se pueden realizar personalmente en:
División de Asuntos Internos
315 Hudson Street, 3er piso
Nueva York, NY 10013
Las prácticas discriminatorias recurrentes a nivel de precinto deben remitirse al Fiscal General del Estado, Oficina de Derechos Civiles al 212-416-8000 o escribiendo a:
Fiscal General del Estado de Nueva York
Oficina de Derechos Civiles
120 Broadway, 25th piso
Nueva York NY 10271
Es importante recordar que si usted es un acusado criminal, o si usted, un amigo o un pariente ha resultado gravemente herido por la policía, debe consultar a un abogado antes de presentar una queja ante cualquier agencia gubernamental. Su declaración ante la agencia gubernamental puede usarse en su contra en su caso penal o puede afectar sus posibilidades de ganar un caso civil. Le recomendamos encarecidamente que no inicie una denuncia civil por su cuenta mientras haya una acción penal o civil pendiente. Al oficial sobre el que se está quejando se le mostrará su queja ante la CCRB antes de que su caso se presente ante el tribunal. Tanto el CCRB como el IAD aceptarán una denuncia presentada por su abogado y pospondrán la toma de su declaración hasta que su caso haya terminado.