Sí. La nueva regla de carga pública de la Administración Biden entró en vigencia el 23 de diciembre de 2022. Esto se debe a los cambios de política de la Administración Biden y al litigio contra las reglas de carga pública de la Administración Trump, incluidos nuestros casos, MRNY contra Cuccinelli (en contra de la regla de carga pública del DHS) y MRNY contra Pompeo (contra la regla de carga pública del Departamento de Estado y políticas relacionadas). La nueva regla de la Administración Biden sigue en gran medida la Guía Federal de 1999, que, aparte del breve tiempo en que estuvo en vigor la regla Trump, ha regido las determinaciones de carga pública durante más de dos décadas.
Lo que necesita saber sobre la carga pública
“Carga Pública” es un término legal usado en la ley de inmigración. Es parte de un proceso de selección utilizado por los funcionarios de inmigración de los EE. UU. principalmente cuando alguien solicita la residencia permanente legal (estado LPR/“tarjeta verde”). Si alguien se considera una carga pública, entonces no podrá obtener una tarjeta verde, a menos que pueda pagar un bono de carga pública.
¿Hay una nueva regla de carga pública en vigor?
¿Quién está sujeto a la regla de carga pública?
La respuesta a esta pregunta sigue siendo la misma. La regla de carga pública se aplica a los siguientes grupos:
- Personas en los EE. UU. que están en el proceso de solicitar el estatus de tarjeta verde a través de un familiar, empleador o mediante la lotería de Visas de Diversidad.
- Personas que ya tienen una tarjeta verde pero que buscan volver a ingresar a los EE. UU. después de viajar al extranjero ya sea (a) por más de 180 días consecutivos, o (b) con ciertas condenas penales (o ambas).
- Personas que solicitan cambiar o extender sus visas de no inmigrante.
Nota: cualquier persona que planee solicitar una tarjeta verde; quién está tratando de cambiar/extender su visa de no inmigrante; o que ya tiene una tarjeta verde y planea viajar al extranjero por más de 180 días seguidos o tiene ciertas condenas penales, debe aprender sobre la carga pública a menos que esté exento (ver más abajo).
¿Quiénes están exentos de la consideración de si son carga pública?
La respuesta a esta pregunta no ha cambiado. Las personas en las categorías enumeradas a continuación NO necesitan preocuparse por que se les niegue una tarjeta verde debido a la carga pública.
Personas que no están solicitando una tarjeta verde:
- Ciudadanos estadounidenses o personas que solicitan convertirse en ciudadanos a través de la naturalización.
- Personas que ya tienen su tarjeta verde (incluidas las personas que tienen un estatus condicional) (a menos que viajen al extranjero por más de 180 días o con ciertas condenas penales).
- LPR que viajan al extranjero por menos de 180 días seguidos (y que no tienen condenas penales).
- Personas con visa de no inmigrante, o que carecen de algún estatus, y NO planean solicitar una tarjeta verde en los próximos 36 meses y NO planean cambiar o extender sus visas de no inmigrante. (Consulte a un abogado si no está seguro de si sería elegible para solicitar una tarjeta verde).
Personas que pueden estar solicitando una tarjeta verde, pero están exentas de carga pública:
- Refugiados, asilados y personas que solicitan la cancelación de la deportación.
- Jóvenes Inmigrantes Especiales (SIJ); Titulares de visas de inmigrantes especiales (ciudadanos afganos o iraquíes que ayudaron a los EE. UU.).
- Solicitantes y titulares de visas VAWA, U y T.
- Personas elegibles para ajustarse bajo la Ley de Ajuste Cubano (CAA), la Ley de Ajuste Nicaragüense y Alivio Centroamericano (NACARA), la Ley de Equidad de Inmigración de Refugiados Haitianos (HRIFA) o la Ley de Equidad de Inmigración de Refugiados de Liberia.
¿Qué beneficios son tratados negativamente bajo la regla actual de carga pública?
De acuerdo con las reglas actuales, solo se trata negativamente la recepción de los siguientes beneficios:
una. asistencia en efectivo, Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI);
b. Atención institucional a largo plazo financiada por el gobierno;
¿Las pruebas y el tratamiento de COVID-19 aumentan el riesgo de convertirse en una carga pública?
No. Ninguna atención médica disponible en Nueva York relacionada con el COVID-19 y cualquier otra condición cuenta en contra de una persona sujeta a carga pública. Sin embargo, según la experiencia previa, esperamos que muchos no ciudadanos se preocupen por las consecuencias de carga pública de recibir tratamiento, incluso si en realidad no están sujetos a una revisión de carga pública.
Ayuda
Para obtener ayuda, llame a nuestra línea de ayuda de inmigración al 844-955-3425 de lunes a viernes, de 9:00 a. m. a 5:00 p. m.
Descargo de responsabilidad
La información en este documento ha sido preparada por The Legal Aid Society solo con fines informativos y no es un consejo legal. Esta información no pretende crear, y recibirla no constituye, una relación abogado-cliente. No debe actuar sobre ninguna información sin contratar un asesor legal profesional.