SÍ. Como residente permanente legal, puede salir y volver a ingresar a los EE. UU. Para volver a ingresar, debe mostrar su tarjeta verde (o un "sello I-551" vigente en su pasaporte si aún no tiene su tarjeta verde ), junto con un pasaporte válido de su país de nacionalidad o un documento de viaje para refugiados. Mientras no permanezca fuera de los EE. UU. por más de un año, mantendrá su estatus de residente permanente. Tenga en cuenta, sin embargo, que ni siquiera se recomienda una salida de más de seis meses, ya que interrumpirá la residencia continua con fines de naturalización y puede someterlo a una investigación en profundidad sobre sus vínculos actuales con los EE. UU., a su regreso. Puede tomar medidas para preservar su estatus permanente legal si debe permanecer fuera de los EE. UU. por más de un año, pero estas medidas deben tomarse ANTES de salir de los EE. UU. Si cree que es posible que su viaje dure más de un año año (o incluso más de seis meses), busque asesoramiento legal de un abogado de inmigración con experiencia y reputación antes de salir de los EE. UU.
Lo que necesita saber sobre viajar al extranjero como no ciudadano
A lo largo de los años, los agentes del Departamento de Seguridad Nacional de los EE. UU. (“DHS”) han colocado a miles de no ciudadanos en procedimientos de expulsión/deportación, a menudo después de un viaje al extranjero. A continuación hay algunas preguntas y respuestas que pueden ayudarlo a decidir si puede salir de los Estados Unidos y regresar sin causar problemas de inmigración. Generalmente, la respuesta dependerá de los hechos de su caso individual. Si alguna de las siguientes cosas se aplica a usted, debe buscar asesoramiento legal de un abogado de inmigración con experiencia y reputación antes de hacer planes para salir de los EE. UU.
Soy residente permanente legal de los Estados Unidos (titular de la tarjeta verde) sin ningún contacto previo con las autoridades de ningún tipo. Si viajo fuera de los Estados Unidos, ¿puedo regresar?
Soy residente permanente legal de los Estados Unidos (titular de la tarjeta verde) y tengo contacto previo con las fuerzas del orden. Si viajo fuera de los Estados Unidos, ¿puedo regresar?
SÍ, PERO. Dependiendo de los cargos en su contra, el DHS puede iniciar procedimientos de remoción/deportación en su contra si viaja y busca regresar si tiene ciertas condenas penales. DHS puede ponerlo en detención de inmigración mientras intentan sacarlo/deportarlo. Si lo arrestaron, pero no lo condenaron, asegúrese de viajar con la documentación que demuestre que se desestimaron los cargos penales, como un Certificado de disposición. Tenga en cuenta, sin embargo, que es posible que lo remuevan/deporten incluso por condenas en las que pagó una multa o recibió libertad condicional, o que fueron eliminadas. En algunos casos, incluso sin una condena, el DHS podría decir que tiene “razones para creer” que usted podría ser inadmisible por ciertas cosas; esto es especialmente preocupante si se ha quedado fuera de los EE. UU. durante más de 180 días. Si alguna vez ha sido arrestado, ya sea que haya sido condenado o no, busque asesoramiento legal de un abogado de inmigración con experiencia y reputación antes de salir de los EE. UU.
Actualmente estoy en proceso de remoción (deportación). ¿Puedo viajar?
DEPENDE. Si es residente permanente legal (titular de la tarjeta verde) y actualmente se encuentra en un proceso de deportación en un tribunal de inmigración, debería poder salir y volver a ingresar a los EE. UU., siempre que tenga (i) un pasaporte válido y vigente y (ii) una tarjeta verde vigente, o un sello I-551 vigente en su pasaporte o en una tarjeta I-94. Sin embargo, según los hechos de su caso, es posible que lo traten como un "extranjero que llega" cuando regrese, lo que podría afectar sus derechos. Además, dependiendo de los hechos de su caso, puede ser sujeto a detención obligatoria a su regreso. Además, si su tarjeta de residencia vence mientras se encuentra fuera de los EE. UU. y su ausencia es por un período prolongado, es posible que tenga dificultades para renovarla (dependiendo de los hechos de su caso), lo que podría complicar su capacidad para regresar. Las regulaciones permiten que los titulares de la tarjeta verde soliciten un permiso de reingreso y permiten que los refugiados soliciten un documento de viaje para refugiados, para viajar incluso mientras se encuentran en proceso de deportación. Tenga en cuenta, sin embargo, que incluso con esos documentos, viajar al extranjero durante el proceso de deportación puede ser complicado. Busque asesoramiento legal de un abogado de inmigración con experiencia y reputación si se encuentra en esta situación.
Tengo una orden previa de remoción (deportación). ¿Podré regresar a los Estados Unidos si me voy?
DEPENDE. Si se le ha ordenado que lo retiren/deporten, al salir de los EE. UU. se estará deportando a sí mismo. No se le permitirá regresar al país si viaja, a menos que haya obtenido una cierta "exención" por adelantado, o a menos que haya pasado una cierta cantidad de tiempo después de que se vaya, y luego solicite una nueva visa u otro permiso. regresar. (Dependiendo de por qué se ordenó su remoción/deportación, es posible que no pueda regresar, incluso después de que haya pasado cierto tiempo). /deportado. Incluso si nunca se presentó a su comparecencia ante el tribunal, es posible que se le haya ordenado expulsarlo/deportarlo en su ausencia. Muchas personas tienen órdenes previas de remoción/deportación y no las conocen. Para averiguar si se ordenó su remoción/deportación, puede llamar a la línea directa automatizada de la Oficina Ejecutiva para Revisión de Inmigración al 1-800-898-7180. Es seguro llamar. Necesitará su número de registro de extranjero (número A) para usar la línea directa.
Vine a los Estados Unidos ilegalmente o me quedé más allá del tiempo permitido en mi visa. ¿Podré regresar a los Estados Unidos si me voy?
DEPENDE. Si vino a los EE. UU. legalmente pero se quedó más tiempo del permitido en su Formulario I-94 Registro de Entrada/Salida (la tarjeta blanca o verde que podría haber sido grapada en su pasaporte cuando ingresó a los EE. UU., o que podría descargar, o si ingresó a los EE. UU. ilegalmente cruzando la frontera sin inspección o con documentos falsos, se le considera "fuera de estatus" o indocumentado. Si sale del país, no tiene derecho a regresar a menos que vaya a una embajada o consulado de los EE. UU. en su país de origen y solicite una visa. El período de tiempo que estuvo viviendo en los EE. UU. cuando estuvo “fuera de estatus” se denomina presencia ilegal. Si tiene más de 180 días pero menos de un año de presencia ilegal y sale de los EE. UU., no se le permitirá obtener una visa para regresar a los EE. UU. durante tres años. Si tiene un año o más de presencia ilegal y sale de los EE. UU., se le prohibirá obtener una visa por diez años. Estos se llaman las prohibiciones de tres o diez años debido a la presencia ilegal. Incluso si no está sujeto a la prohibición de tres o diez años, si estuvo en los EE. UU. ilegalmente y se va, es probable que le resulte difícil obtener una visa en el futuro porque deberá probar gobierno de los EE. UU. que cumplirá con los términos de una nueva visa. En determinadas circunstancias, es posible que pueda solicitar una "exención" de la prohibición de tres o diez años por adelantado, antes de viajar. Busque asesoramiento legal de un abogado de inmigración con experiencia y reputación antes de salir de los EE. UU.
Todavía tengo una visa de no inmigrante válida en mi pasaporte y la visa permite múltiples entradas. ¿Puedo usarlo para volver a los Estados Unidos?
Si, pero solo si ahora está en estado. Esto significa que no ha permanecido en los EE. UU. más allá de la fecha escrita en su Formulario I-94 Allegada/Dsalida Rgrabar (la tarjeta blanca o verde que podría haber sido grapado a su pasaporte cuando ingresó a los EE. UU., o que tu podría ser capaz de descargar. Si está "fuera de estatus", NO puede regresar a los EE. UU. en su visa. Si permaneció en los EE. UU. incluso un día después de la fecha escrita en el I-94, su visa se cancela. Tendrá que obtener una nueva visa del Consulado de los EE. UU. en su país de origen antes de poder regresar a los EE. UU. (En algunos casos, puede presentar una solicitud de visa en un país que no sea su país de origen). Los tres–year or ten–regla de barra de año, descrita anteriormente, pueden aplicar a usted, dependiendo de la cantidad de tiempo que estuvo fuera de estado. Busque asesoría legal de un abogado de inmigración con experiencia y reputación antes de salir de los estados unidos
Entré a los EE. UU. con una visa temporal y tengo una solicitud de extensión o cambio de estado pendiente con el DHS. ¿Puedo salir de los Estados Unidos y volver?
NO. Si te vas de los EE.UU. mientras su solicitud está pendiente, DHS considerará su solicitud retirada o abandonada. Si tu urgencia necesito irave el país, puede preguntar DHS para acelerar el procesamiento de su solicitud. Puedes llamar DHS al número impreso en su aviso de recibo.
Tengo una Solicitud de Ajuste de Estatus (Solicitud de Tarjeta Verde/Formulario I-485) pendiente. ¿Puedo salir de los Estados Unidos y volver?
DEPENDE. Salir de los EE. UU. mientras su ajuste de estatus está pendiente (a menos que tenga una visa H-1B o L-1) generalmente tendrá el efecto legal de retirar o abandonar su solicitud. Sin embargo, antes de viajar, puede pedir permiso al DHS para salir de los EE. UU. presentando una solicitud de permiso anticipado. Advance Parole es un permiso para que ciertos no ciudadanos vuelvan a ingresar a los EE. UU. después de viajar al extranjero. Si tiene un documento de libertad condicional anticipada aprobado y vigente, entonces dejar los EE. UU. no se considerará como abandonar su solicitud de ajuste de estatus. Busque asesoramiento legal de un abogado de inmigración con experiencia y reputación antes de salir de los EE. UU.
Si obtengo la libertad condicional anticipada, ¿tengo garantizado el reingreso a los Estados Unidos?
NO. la concesión de Aavance Parol hace no renunciare cualquier motivo por el cual el DHS normalmente puede negarle la–entrada a los EE.UU. Si usted haber cometido, sido arrestado por, or been condenado por uncualquier delito penal, NO salga de los EE.UU. en una concesión de libertad condicional anticipada ingenioHout first buscando asesoramiento legal de un abogado de inmigración con experiencia y reputación. Incluso si SUS SUEÑOS. Aavance Ppapel, el DHS puede negarle–entrada.
Tengo una solicitud de asilo pendiente. ¿Puedo salir de los Estados Unidos y volver?
DEPENDE. Si sale de los EE. UU., el DHS le en general considerar su solicitud de asilo retirada o abandonada. Puede pedir permiso al DHS para salir de los EE. UU. presentando una solicitud de permiso anticipado, pero esto no garantiza que se le permita regresar a los EE. UU. Usted no debe viajar con un pasaporte del país en el que afirmó que sería perseguido. Además, si viaja al país en el que afirmó que sería perseguido, es probable que USCIS niegue su solicitud de asilo porque puede concluir que ya no temes volver a que país. Busque asesoramiento legal de un abogado de inmigración con experiencia y reputación antes de salir de los EE. UU.
Soy un asilado u obtuve mi estatus de residente permanente legal después de obtener asilo. ¿Puedo viajar fuera de los EE. UU. y regresar?
Si, pero solo si primero obtiene un Documento de viaje para refugiados del DHS. No viaje con un pasaporte del país en el que afirmó que sería perseguido. Además, si viaja al país en el que afirmó que sería perseguido, el DHS puede intentar rescindir su concesión de asilo. Su estado de asilo subyacente podría cancelarse incluso si ya se convirtió en residente permanente legal después de obtener el asilo, si viaja de regreso al país de la persecución reclamada, si usa el pasaporte de ese país o si hace uso de la protección de ese país. país de cualquier manera. Busque asesoramiento legal de un abogado de inmigración con experiencia y reputación antes de salir de los EE. UU.
Tengo estatus de no inmigrante U. ¿Puedo salir de los Estados Unidos y volver?
Si PERO VIAJE NO ACONSEJADO. Si viaja fuera de los EE. UU. después de su aprobación U but no tiene una visa U válida en su pasaporte, debe (a) aplicar para new Visa U en a Estados Unidos Consulado extranjero para permitirle regresar a los EE. UU., y (b) regresar dentro de los 90 días o perderá la elegibilidad para el ajuste de estatus (solicitando una tarjeta verde). Si hubiera acumulado más de 180 días de presencia ilegal antes de partir, deberá solicitar una exención de la prohibición de tres o diez años antes de solicitar una visa para regresar a los EE. UU. Busque asesoramiento legal de un abogado de inmigración con experiencia y reputación antes de salir de los EE. UU.
Estoy solicitando el estatus de no inmigrante U y mi solicitud está pendiente. ¿Puedo salir de los Estados Unidos y volver?
SI PERO NO SE RECOMIENDA VIAJAR. Si viaja fuera de los EE. UU. mientras su solicitud de estatus de no inmigrante U está pendiente, y si no está autorizado para ingresar a los EE. UU., deberá permanecer fuera de los EE. UU. hasta que se apruebe su visa U real, posiblemente muchos años después de salir. a menos que se le conceda la libertad condicional para regresar. Si había acumulado más de 180 días de presencia ilegal antes de irse, deberá solicitar una exención de la prohibición de tres o diez años antes de ser elegible para regresar. Si la investigación/procesamiento del delito que califica como U aún está en curso, abandonar los EE. UU. también podría afectar su capacidad para cooperar con las fuerzas del orden; si no está cooperando con las fuerzas del orden, su solicitud puede ser denegada. Busque asesoramiento legal de un abogado de inmigración con experiencia y reputación antes de salir de los EE. UU.
Tengo estatus de no inmigrante T. ¿Puedo salir de los Estados Unidos y volver?
Si PERO DE VIAJE NO ACONSEJADO. Si viaja fuera de los EE. UU. después de su T aprobación pero usted no tiene una válida T visa en su pasaporte, debe (a) solicitar una T visa en el consulado de los EE. UU. para permitirle regresar a los EE. UU., y (b) regresar dentro de los 90 días o perderá la elegibilidad para el ajuste de estatus. Si había acumulado más de 180 días de presencia ilegal antes de irse, deberá solicitar una exención de los tres–barra de un año o diez años antes de que sea elegible para regresar. También yopara ti volvemos a tu país de origen, it Podría causar perder tu estado t, desde que reclamaste en su aplicación T que sufriría extremas penurias si regresara a su país de origen. Busque asesoramiento legal de un abogado de inmigración con experiencia y reputación antes de salir de los EE. UU.
Estoy solicitando un estatus de no inmigrante T y mi solicitud está pendiente. ¿Puedo salir de los Estados Unidos y volver?
GENERALMENTE NO. Si se va mientras su visa T está pendiente, perderá su elegibilidad para la visa T. La única excepcións que le permitirían regresar a los EE. UU. son relacionados con su tráfico persecución.
¿Puedo viajar a Puerto Rico, Guam, las Islas Vírgenes de EE. UU. o las Islas Marianas del Norte?
QUIZÁS. Aunque Puerto Rico, Guam, las Islas Vírgenes de los EE. UU. y las Islas Marianas del Norte ("territorios de los EE. UU.") son parte de los Estados Unidos, los viajeros que no sean ciudadanos de los Estados Unidos continentales a estos lugares pueden pasar por el mismo proceso de revisión. por oficiales de inmigración de los Estados Unidos como viajeros internacionales. (Consulte INA § 212(d)(7) y 8 CFR § 235.5.) La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) realiza una "inspección previa" en el aeropuerto en el territorio de los EE. continente. Este proceso de “preinspección” generalmente se realiza de manera muy informal, sin la ayuda de un representante legal. Esto puede implicar que los oficiales de CBP pregunten sobre el estado migratorio, examinen los pasaportes o lleven al viajero a un área separada para un interrogatorio más detallado. Aunque los no ciudadanos que viajan desde estos territorios de EE. UU. al territorio continental de EE. UU. están exentos de los requisitos de pasaporte y visa que enfrentan los viajeros internacionales, están sujetos a todos los demás motivos de inadmisibilidad. (Ver INA § 212(d)(7) y 22 § CFR 41.1(c)). Debido a esto, viajar a cualquiera de estos territorios de EE. UU. desde el continente puede ser riesgoso tanto para las personas indocumentadas como para las personas con estatus legal que son deportables o inadmisibles debido a condenas penales u otras prohibiciones para volver a ingresar. Busque asesoramiento legal de un abogado de inmigración con experiencia y reputación antes de viajar desde los EE. UU. continentales a cualquiera de estos territorios.
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La información en este documento ha sido preparada por The Legal Aid Society solo con fines informativos y no es un consejo legal. Esta información no pretende crear, y recibirla no constituye, una relación abogado-cliente. No debe actuar sobre ninguna información sin contratar un asesor legal profesional.
En esta página
- Resumen
- Residentes permanentes
- Residentes permanentes con contacto con las fuerzas del orden público
- Procedimientos de deportación actuales
- Órdenes de eliminación previa
- Entrada ilegal/Visas vencidas
- Visas de no-inmigrante
- Solicitudes de Cambio de Estatus (Visa)
- Solicitud de Cambio de Estatus (Tarjeta Verde)
- Permisos de Viaje
- Solicitudes de asilo
- Asilados
- Estatus de no inmigrante U
- U Estatus de No Inmigrante Pendiente
- T Estatus de no inmigrante
- T Estado de no inmigrante pendiente
- Puerto Rico, Guam, Islas Vírgenes de EE. UU., Islas Marianas del Norte
- Traducciones de fichas técnicas
- Disclaimer