La mayoría de los empleadores y agencias en Nueva York solo pueden negarle un trabajo o una licencia debido a su condena penal si:
- Hay una relación directa entre la obra y el delito.
- Darle el trabajo o la licencia implicaría un riesgo irrazonable para las personas o la propiedad.
Para decidir si existe una relación directa o un riesgo irrazonable, los empleadores y las agencias deben considerar:
- la política pública de Nueva York que fomenta el empleo de personas con antecedentes penales;
- Los deberes específicos del trabajo;
- El impacto de la ofensa en su capacidad para realizar las tareas del trabajo;
- La cantidad de tiempo transcurrido desde que cometió el delito;
- Su edad en el momento de la ofensa;
- La gravedad de la ofensa;
- El interés legítimo del empleador o agencia en proteger a las personas o la propiedad;
- Evidencia de su rehabilitación y buena conducta.