Una vez que un empleador quiere contratarlo, el empleador debe enviar una solicitud de verificación de antecedentes penales a través del sistema de verificación de antecedentes penales (CHRC) del Departamento de Salud (DOH). Cada vez que un empleador quiera contratarlo como CNA o HHA, el DOH realizará una verificación de antecedentes penales. El DOH solicitará y recibirá sus antecedentes penales de la Oficina Federal de Investigaciones y la División de Servicios de Justicia Penal del Estado de Nueva York. Una vez que el DOH reciba sus antecedentes penales, el DOH determinará si es elegible para el empleo y le enviará una carta al empleador. Puede llamar al DOH al 518-408-1627 para averiguar qué tipo de carta envió el DOH al empleador. Una lista de las cartas que el DOH puede enviar al empleador son las siguientes:
Carta de "no hit"
Si no tiene arrestos pendientes ni condenas penales (o si todos sus arrestos y condenas han sido sellados), el DOH le enviará esta carta al empleador. Esta carta significa que el DOH lo ha aprobado para trabajar, y la carta no incluye arrestos ni condenas.
Carta de “no denegación”
Si tiene al menos una condena penal pero el DOH ha determinado que su registro de condena no debería impedirle trabajar como CNA o HHA, el DOH le enviará esta carta al empleador. Esta carta significa que el DOH lo ha aprobado para trabajar, pero la carta también enumera sus convicciones y establece que el empleador debe tomar la decisión final de contratarlo. Es ilegal que el empleador le niegue el empleo en base a su registro de condena a menos que exista una relación directa entre el registro de condena y el trabajo, o que su registro de condena indique que usted representa un riesgo irrazonable para las personas o la propiedad.
Carta “No en suspenso”
Si tiene cargos abiertos pero el DOH ha determinado que los cargos abiertos no deberían impedirle trabajar como CNA o HHA, el DOH le enviará esta carta al empleador. Esta carta significa que el DOH lo aprobó para trabajar, pero la carta enumera los cargos pendientes y establece que el empleador debe tomar la decisión final de contratarlo.
Carta "mantenida en suspenso"
Si tiene cargos pendientes que el DOH cree que podrían impedirle ser elegible para el empleo como CNA o HHA, el DOH le enviará esta carta al empleador. Si su agencia recibe esta carta, el DOH le prohíbe brindar atención directa a los pacientes hasta que se resuelva el caso penal y el DOH tome una determinación final sobre su elegibilidad para el empleo. Debe enviar al DOH el certificado de disposición de su caso penal tan pronto como se resuelva.
Negación pendiente
Si tiene al menos una condena penal y el DOH está considerando negar su elegibilidad para el empleo, el empleador recibirá esta carta. Si el empleador recibe esta carta, el DOH le prohíbe brindar atención directa a los pacientes. Tendrá 30 días para enviar información al DOH, antes de que el DOH tome una determinación final. Es muy importante que responda a esta carta. Consulte la Pregunta 3, a continuación, para saber cómo responder a la carta.
negación definitiva
Si el DOH ha determinado que usted no es elegible para el empleo, su agencia recibirá esta carta y no podrá trabajar.