Si la persona bajo custodia cree que no está recibiendo la atención médica que necesita, debe presentar una queja y apelarla al nivel más alto. También puede comunicarse con el personal médico de la cárcel o prisión para expresar sus inquietudes. En las cárceles de la ciudad, también puede llamar al 311 oa la Junta de Corrección. En las prisiones estatales, puede escribir al Chief Medical Officer, State Office Campus, Building Two, Albany, NY 12226. Los funcionarios de la cárcel y de la prisión no pueden responder a una persona detenida sobre una consulta médica o de salud mental sin una liberación firmada por el persona bajo custodia debido a las leyes de privacidad, pero aun así se les notifica cualquier problema potencial y deben tomar medidas.
Si su amigo o ser querido cree que se han violado sus derechos y está pensando en presentar una demanda, existen diferentes opciones. Se pueden presentar demandas en virtud de la ley estatal si la falta de atención médica adecuada se debió a la negligencia o mala práctica de la ciudad o el estado por parte del personal médico. La otra opción es demandar en un tribunal federal por violación de los derechos constitucionales de la persona: si los funcionarios de la cárcel o prisión fueron “deliberadamente indiferentes” a una necesidad médica grave. Este es un estándar más difícil de cumplir. En cualquier caso, es importante que la persona bajo custodia:
Presentar una queja y apelarla a través de todos los niveles de apelación disponibles.
Si están detenidos en una cárcel de la ciudad, deben presentar una queja contra el Departamento de Corrección, si el personal de la cárcel interfirió con la provisión de atención médica, por ejemplo, al no llevar a la persona a la consulta por enfermedad. Es posible que también deban presentar una queja ante la Corporación de Salud y Hospitales, si el problema fue que la persona no recibió la atención necesaria o el personal cometió negligencia. En las prisiones estatales, DOCCS brinda atención médica, por lo que solo se necesita una queja.
Presentar avisos de reclamación ante la ciudad o el estado en un plazo de 90 días de la falta de atención necesaria.
El Proyecto de Derechos de los Prisioneros puede proporcionar asistencia adicional. También se puede encontrar más información sobre el derecho de una persona a la atención médica y de salud mental mientras está en la cárcel o prisión en El manual de los abogados de la cárcel.