Cualquier persona legalmente casada que cumpla con los requisitos del estado requisitos de residencia y tiene validez jardines de divorcio puede iniciar una acción de divorcio en el estado de Nueva York.
Lo que necesita saber sobre el divorcio
Lo que debes saber si estás pasando o pensando en divorciarte.
¿Quién puede solicitar el divorcio en el Estado de Nueva York?
¿Cuáles son los requisitos de residencia de Nueva York? ¿Cómo cumplo con los requisitos de residencia de Nueva York?
Cumplirá con los requisitos de residencia de Nueva York si:
Usted o su cónyuge han sido residentes del estado de Nueva York durante un período continuo de al menos dos años antes del inicio de la acción; o
Usted o su cónyuge ha sido residente del estado de Nueva York durante un período continuo de al menos un año antes del inicio de una acción y es residente del estado en el momento en que se inicia la acción, y usted: 1) se casaron en
Estado de Nueva York o 2) vivían juntos como marido y mujer en el Estado de Nueva York; o
Usted o su cónyuge han sido residentes del estado de Nueva York durante un período continuo de al menos un año antes del inicio de una acción y las causales de divorcio ocurrieron en el estado de Nueva York; o
Las causales de divorcio ocurrieron en el estado de Nueva York y tanto usted como su cónyuge son residentes de Nueva York en el momento en que se inicia la acción.
¿Cómo se inicia una acción de divorcio?
Una acción de divorcio debe iniciarse en la Corte Suprema del Estado de Nueva York y debe presentarse correctamente dentro del condado donde residen usted o su cónyuge. La acción se inicia con la compra de un número de índice (cuya tarifa es actualmente de $210.00) y la presentación de 1) Citación con notificación o 2) Citación y queja verificada (junto con las notificaciones requeridas relacionadas con el seguro de atención médica y ciertas órdenes automáticas) con la oficina del Secretario del Condado.
El cónyuge que inicia la acción (que se designa como "demandante" en la acción) debe entonces hacer arreglos para que el otro cónyuge (que se designa como "demandado" en la acción) reciba personalmente los documentos de divorcio que se presentaron ante el Tribunal dentro de los 120 días siguientes al inicio de la acción. Por esta razón, es aconsejable que el demandante determine la ubicación del demandado a los efectos de la notificación antes de iniciar una acción. Una vez que se inicia una acción matrimonial, ciertas órdenes automáticas entran en vigencia de inmediato y prohíben que ambas partes transfieran bienes, contraigan deudas irrazonables o realicen cambios en la cobertura del seguro mientras el caso de divorcio está pendiente.
¿Qué sucede si no puedo pagar las tasas judiciales para iniciar el divorcio?
Si recibe asistencia pública o tiene ingresos bajos o nulos, es posible que pueda obtener una exención de las tarifas de presentación al presentar una solicitud ante el Tribunal para una exención de tarifas (también conocida como “ayuda para personas pobres”). La solicitud incluirá una declaración jurada notariada de usted que explique sus circunstancias financieras y por qué no puede pagar las tasas judiciales. Puede obtener copias de los formularios y/o instrucciones necesarios en la Oficina Pro Se (también conocida como la "Oficina de los que se representan a sí mismos") ubicada en el juzgado. Si el Tribunal concede su solicitud, no tendrá que pagar ninguna tasa. Sin embargo, si el Tribunal niega su solicitud, tendrá 120 días para pagar las tarifas requeridas.
¿Cómo se notifica al demandado?
El demandante no puede notificar al demandado por sí mismo. Él o ella debe hacer los arreglos necesarios para que otra persona, que sea mayor de 18 años y no tenga relación con el caso, haga la notificación personal al acusado. A menos que el Tribunal indique lo contrario, el servicio personal requiere entrega personal/en mano.
Si el demandado reside fuera del estado, es preferible que un residente de Nueva York realice la notificación, aunque esto puede resultar costoso. Si alguien que no es residente del estado de Nueva York notifica al demandado fuera del estado, esa persona generalmente debe ser un abogado calificado, un procurador o su equivalente en ese otro estado o nación, o estar autorizado de otra manera para entregar documentos de conformidad con las leyes de ese estado o nación. Después de realizar la notificación, el notificador de los documentos debe completar una declaración jurada notariada que el demandante debe presentar ante el Tribunal como prueba de la notificación.
Una vez que se ha notificado correctamente al demandado, el tribunal puede ejercer jurisdicción (o autoridad) sobre el demandado.
¿Qué pasa si me entregan los papeles de divorcio?
Dependiendo de cómo le hayan notificado, es posible que tenga solo veinte días para responder. Si no responde, su cónyuge se divorciará y podría recibir todo lo que está pidiendo en los documentos judiciales. Al no hacer nada, solo se divorciará más rápido.
Si recibe la notificación, debe comunicarse con la Sociedad de Ayuda Legal o ir al Centro de Ayuda, ubicado en cada Tribunal Supremo. Ellos le ayudarán con los trámites necesarios para responder al divorcio.
¿Qué son los motivos?
Un motivo es una razón legal aceptable para el divorcio. En el estado de Nueva York, hay seis motivos de culpa y 1 motivo "sin culpa" que pueden constituir la base para el divorcio según la ley del estado de Nueva York. Ellos son:
Ruptura irrecuperable en la relación (sin culpa)
Cualquiera de las partes debe declarar bajo juramento que el matrimonio se ha roto irremediablemente durante un período de al menos seis meses. Se puede conceder un divorcio por este motivo solo si se han resuelto todas las demás cuestiones de la acción, tanto económicas como no económicas.
Trato cruel e inhumano
El cónyuge que solicita el divorcio bajo este motivo debe demostrar que el otro cónyuge lo ha maltratado física, verbal o emocionalmente dentro de los últimos cinco años, de modo que sería inseguro e impropio que el demandante siguiera viviendo con él. o ella. Se requieren pruebas de actos específicos de crueldad; una incapacidad general para llevarse bien no alcanzará el nivel de crueldad.
Abandono
Para solicitar el divorcio bajo abandono, el cónyuge que solicita el divorcio debe poder demostrar que su cónyuge lo abandonó voluntaria y voluntariamente por un período de al menos uno o más años sin intención aparente de regresar. Una separación de mutuo acuerdo no califica como abandono.
Abandono Constructivo
Esta causal puede utilizarse cuando el cónyuge del demandante se ha negado a tener relaciones sexuales con el demandante por un período de un año o más, sin justificación o condición física preventiva. Este motivo también podría ser apropiado cuando el cónyuge del demandante haya excluido al demandante del domicilio conyugal durante un año o más sin justa causa. Este motivo no procede cuando la exclusión del domicilio conyugal se basa en una orden de protección u otra orden judicial.
Tres años consecutivos de prisión
Esta causal se aplicará si el cónyuge del actor ha estado encarcelado por un período de tres o más años consecutivos durante el matrimonio. El uso de este motivo requiere que el encarcelamiento del cónyuge haya ocurrido después del matrimonio; un demandante no puede usar este motivo si el matrimonio ocurrió después del encarcelamiento de su cónyuge.
Adulterio
Por este motivo, el demandante debe poder demostrar que el otro cónyuge incurrió voluntariamente en adulterio (una relación sexual con otra persona) durante el matrimonio. Este motivo no se utiliza con frecuencia debido a la dificultad de obtener una prueba aceptable (que debe provenir de alguien que no sea el demandante o su cónyuge).
Divorcio de Conversión después de Separación Legal por Decreto de Separación o Acuerdo de Separación
Se puede otorgar el divorcio a un esposo y una esposa sobre la base de un Decreto de separación o un Acuerdo de separación, siempre que las partes hayan vivido separadas y de conformidad con los términos de dicho Decreto o Acuerdo durante un período de al menos un año. La diferencia entre una Sentencia de Separación y un Acuerdo de Separación es que una Sentencia de Separación es una orden judicial resultante de un proceso judicial, y una Acuerdo de Separación es un acuerdo escrito celebrado voluntariamente por y entre las partes del matrimonio, sin intervención judicial, excepto que se presenta en la Corte Suprema. Para obtener un Decreto de Separación, el cónyuge demandante debe iniciar una acción y alegar y probar motivos, pero no existe tal requisito con un Acuerdo de Separación.
¿Qué tipo de reparación puede solicitarse en una acción de divorcio?
Las partes en una acción de divorcio pueden solicitar al tribunal que conceda diferentes tipos de reparación, incluida la reparación temporal destinada a durar solo mientras la acción esté pendiente, y también la reparación final que generalmente se determina en las etapas finales del caso. Los tipos de alivio pueden incluir, entre otros:
Custodia y/o Visitación
Cualquiera de los padres puede solicitar la custodia o visitación de y/o con los hijos menores del matrimonio. Al determinar tales cuestiones, el tribunal generalmente considerará lo que es mejor para los niños. Si se impugnan dichos asuntos y cualquiera de las partes no puede obtener un abogado privado por razones económicas, el tribunal puede asignarle a esa parte un abogado designado por el tribunal solo para los asuntos de custodia y/o visitas.
Manutención de los Hijos
El padre con el que viven los hijos del matrimonio puede solicitar una concesión de manutención de los hijos para cualquier hijo no emancipado menor de 21 años. La manutención de los hijos se basa en los ingresos de los padres (y se determina de acuerdo con una fórmula establecida en el Standards Act”), o cuando los ingresos del padre con el que no viven los niños (el padre “sin custodia”) son desconocidos y/o no pueden determinarse, pueden basarse en las necesidades de los niños. La manutención de los hijos generalmente incluye apoyo básico, que generalmente está destinado a contribuir a la comida, la ropa y el alojamiento de los niños, así como cantidades adicionales para gastos de atención médica no reembolsados y gastos razonables y necesarios para el cuidado de los niños. Al determinar la manutención de los hijos, el tribunal debe determinar qué padre será responsable de mantener la cobertura de seguro médico de los niños, y si el padre con el que no viven los niños tiene un seguro médico proporcionado por el empleador, el padre que tiene la custodia puede pedir que el otro padre incluye a los niños bajo su plan de atención médica.
Distribución equitativa de la propiedad
Al divorciarse, ambos cónyuges tienen derecho a una porción equitativa (o justa) de cualquier propiedad conyugal, y también se les puede asignar una porción equitativa de cualquier deuda conyugal. Los bienes conyugales incluyen bienes y deudas obtenidos por cualquiera de los cónyuges durante el matrimonio, pero antes de que se presente cualquier caso de separación legal o divorcio. Los bienes conyugales pueden incluir bienes como una casa, un automóvil, una cuenta bancaria, una pensión, acciones y/o artículos para el hogar. La propiedad puede considerarse marital incluso cuando está a nombre de uno solo de los cónyuges. La propiedad adquirida antes del matrimonio se considera propiedad separada y, por lo general, no está sujeta a división en caso de divorcio. Además, los obsequios recibidos por un cónyuge de una persona que no sea su cónyuge, una herencia y/o compensación recibida por lesiones personales generalmente se consideran propiedad separada.
Mantenimiento
En un divorcio, uno de los cónyuges puede solicitar manutención, anteriormente conocida como pensión alimenticia, del otro cónyuge. Según la ley actual, el Tribunal utiliza una fórmula para ayudarse a determinar si una concesión de alimentos podría ser apropiada en un caso determinado. Sin embargo, la fórmula da como resultado un monto de referencia que el tribunal puede considerar al tomar su decisión final, pero del cual también puede desviarse según las circunstancias individuales de las partes. Generalmente, el mantenimiento es menos probable cuando la duración del matrimonio fue corta, y/o las partes son relativamente jóvenes y saludables, y/o el otro cónyuge gana un ingreso bajo o tiene pocas propiedades. Las órdenes finales de mantenimiento suelen ser por un período de tiempo determinado.
Orden de protección
Si ha habido antecedentes de violencia doméstica en el matrimonio (p. ej., abuso físico, verbal y/o emocional) y uno de los cónyuges tiene motivos para temer que el otro cónyuge sea una amenaza para su seguridad, entonces ese cónyuge puede pedirle al Corte para una Orden de Protección. Tal orden puede requerir que el otro cónyuge se abstenga de comportamiento abusivo y/o que se mantenga alejado del hogar o lugar de trabajo del cónyuge que solicita la Orden.
Ocupación exclusiva de la vivienda conyugal
Uno de los cónyuges puede solicitar que se le permita permanecer en el hogar conyugal con exclusión del otro cónyuge. Al decidir si se debe ordenar a un cónyuge que se mude del hogar conyugal, el tribunal considerará varios factores, incluso si ha habido antecedentes de violencia doméstica, la presencia de niños en el hogar conyugal y/o la duración de la casamiento.
Otro alivio
Una parte de un divorcio también puede solicitar otras formas de alivio, como un seguro de vida y/o el uso legal de un apellido anterior al matrimonio, por ejemplo.
Alivio Temporal o “Pendente Lite”:
Cualquier tipo de desagravio que una parte pueda solicitar en una orden final también puede solicitarse y otorgarse de manera temporal mientras la acción de divorcio esté pendiente. Por ejemplo, el Tribunal puede emitir órdenes temporales de custodia, régimen de visitas, manutención de los hijos, manutención, protección, ocupación exclusiva de la vivienda conyugal, cobertura de seguro y/o relacionadas con cualquier otro asunto que el Tribunal considere adecuado.
¿Necesito un abogado que me represente? ¿Tengo derecho a un abogado?
Si necesitará o no un abogado probablemente dependerá de la complejidad de su caso. Si su caso no será impugnado y no habrá problemas en disputa, es posible que no necesite un abogado. Si su caso será impugnado e involucrará asuntos difíciles, es más probable que necesite la ayuda de un abogado.
Las partes en acciones de divorcio no tienen derecho a la asistencia de un abogado, excepto que si el caso involucra asuntos de custodia y/o régimen de visitas disputados, o una orden de protección, entonces el tribunal puede designar un abogado para representar a cualquier parte que se determine que no tiene los medios financieros para contratar a un abogado privado. En algunos casos, cuando una de las partes tiene ingresos bajos o nulos y el otro cónyuge tiene medios económicos, el tribunal puede ordenar a la otra parte que pague los honorarios legales del cónyuge que no tiene medios.
¿Qué pasa si tengo una cita en la corte?
Si recibe un aviso para asistir a una cita en la corte, debe leerlo detenidamente. Puede indicarle que vaya a una sala específica del tribunal o que traiga documentos al tribunal.
El día de la corte, debe llegar temprano. Aunque los casos judiciales generalmente se llaman a las 9:30 a. m., debe pasar por un detector de metales para ingresar al juzgado. Puede haber un tiempo de espera para ingresar al juzgado, así que planifique en consecuencia. Además, vístete siempre de manera profesional cuando vayas a la corte.
Si pierde su cita en la corte, debe comunicarse de inmediato con un abogado, como The Legal Aid Society, para determinar sus próximos pasos. Si pierde una cita en la corte, puede perder su caso.
¿Son confidenciales los expedientes judiciales relacionados con el derecho de familia?
Sí, los expedientes matrimoniales del Tribunal de Familia y del Tribunal Supremo son confidenciales. Sólo podrán tener acceso a ellas las partes, sus abogados o quien cuente con una autorización por escrito firmada por una de las partes en el caso.
Exención de responsabilidad
La información en este documento ha sido preparada por The Legal Aid Society solo con fines informativos y no es un consejo legal. Esta información no pretende crear, y recibirla no constituye, una relación abogado-cliente. No debe actuar sobre ninguna información sin contratar un asesor legal profesional.
En esta página
- Descripción General
- Quién puede presentar
- Requisitos de residencia
- Cómo comienzan los procedimientos de divorcio
- No puedo pagar las tasas judiciales
- Servicio del demandado
- si me sirven
- Motivos de divorcio
- Alivios potenciales
- Representación
- Fechas de la corte
- Confidencialidad
- Exención de responsabilidad