Hay dos tipos de Asociaciones:
A Sociedad General (GP) es dos o más personas que poseen y operan un negocio juntos. En un médico de cabecera:
- Todos los pasivos y deudas de la empresa son deudas y pasivos personales conjuntos e individuales de los propietarios (llamados "socios generales").
- Los ingresos comerciales se informan y gravan a través de las declaraciones de impuestos personales de los propietarios.
- Todos los activos de la empresa son activos de los socios generales, sujetos a otras deudas de los socios generales.
- Si no hay acuerdo de sociedad que disponga lo contrario, el negocio existe sólo mientras uno de los socios no muera o se jubile, o no se produzca un evento de disolución.
A Sociedad Limitada (LP) es una organización empresarial que tiene dos niveles de propiedad: debe tener al menos un socio general y un socio limitado. Los asuntos de la LP están a cargo de los socios generales, y los socios limitados no tienen control sobre la conducción del negocio. En un LP:
- Todos los pasivos y deudas del negocio son las deudas y pasivos personales conjuntos e individuales de los socios generales; los socios comanditarios son responsables hasta el monto de su inversión en la sociedad.
- Todos los activos de la empresa son activos de los socios generales (propietarios) y pueden estar sujetos a otras deudas de los socios generales.
Los médicos de cabecera deberían ser, y los LP debe ser, formado por un acuerdo entre los socios que cubre lo que se espera de cada socio en términos del negocio. Los LP también deben presentar un Certificado de Sociedad Limitada, publicar información sobre el Certificado de Sociedad Limitada inicial en periódicos reconocidos en el Estado de Nueva York y presentar una Declaración Jurada de Publicación ante el Departamento de Estado del Estado de Nueva York.
Ambos tipos de sociedad deben registrar un Certificado de nombre ficticio mediante la presentación ante el Secretario del condado o condados en los que opera la empresa.
Los ingresos de los GP y LP se informan y gravan a través de las declaraciones de impuestos personales de los socios.