El tribunal de reclamos menores es parte de los tribunales civiles de la ciudad de Nueva York donde puede demandar o ser demandado por hasta $10,000. Un demandante solo puede demandar por dinero en el tribunal de reclamos menores; en otras palabras, el juez del tribunal de reclamos menores no puede ordenar a alguien que haga o deje de hacer algo que no sea pagar dinero si gana o llega a un acuerdo. Los beneficios del tribunal de reclamos menores son que es económico, es posible que no necesite un abogado y que las reglas probatorias y procesales son más relajadas.
Lo que necesita saber sobre la corte de reclamos menores
La siguiente información es para ayudar a las personas en el Tribunal de Reclamos Menores de la Ciudad de Nueva York. Si está siendo demandado y necesita asistencia legal o tiene preguntas sobre su caso, comuníquese con el Proyecto de Ley del Consumidor de The Legal Aid Society en la línea de ayuda de Acceso a Beneficios al 888-663 6880 de lunes a viernes de 10:00 a. m. a 3:00 p. m. XNUMX pm Los tipos comunes de casos presentados en el Tribunal de Reclamos Menores incluyen Casos de arrendamiento roto, reclamos por daños a la propiedad y depósitos de seguridad no devueltos.
¿Qué es la corte de reclamos menores?
¿Qué tipos de reclamos se pueden presentar en el Tribunal de reclamos menores?
Los reclamos que se pueden presentar en el Tribunal de reclamos menores son disputas en las que:
- El reclamo es por $10,000 o menos; y
- El alivio solicitado es solo por dinero.
Ejemplos de reclamos que se pueden presentar en la corte de reclamos menores:
- Su arrendador se niega a devolverle su depósito de seguridad de $1,000.
- El nuevo refrigerador de $500 que compraste no funciona. El vendedor se niega a devolverte el dinero.
- Alguien le pagó con un cheque y el cheque rebotó.
¿Qué tipo de reclamos no se pueden presentar en el Tribunal de reclamos menores?
- Disputas por más de $10,000.
- Disputas en las que demanda para obligar a alguien a hacer algo, como realizar un servicio o devolver una propiedad.
Ejemplos de reclamos que no se pueden presentar en la corte de reclamos menores:
- Tu jefe te despide. No puede demandar a su ex empleador en la corte de reclamos menores para que lo vuelvan a contratar. Puede demandar por salarios no pagados.
- No se puede demandar por la devolución de un coche. Puede demandar por el valor monetario del automóvil.
- No puede demandar a su arrendador para que haga reparaciones. Puede demandar por dinero: la diferencia entre lo que vale su apartamento con un inodoro que funcione menos lo que vale sin uno.
¿Cómo sé si me han demandado en el Tribunal de Reclamos Menores?
Puede saber si un caso es un caso de la corte de reclamos menores porque la parte superior de los documentos judiciales que ha recibido incluirán "Reclamos menores" o un "SC" en el número de índice.
¿Qué es la notificación adecuada de una demanda (entrega adecuada) en la corte de reclamos menores?
Alguien de 18 años o más que no sea el demandante puede notificar una demanda. Por lo general, el secretario del tribunal hará la entrega legal por correo.
Debido a la pandemia de COVID-19, el tribunal de reclamos menores ha cambiado los procedimientos de notificación. A diferencia de antes, el aviso inicial de la demanda no incluirá una fecha y hora en la corte. En cambio, la citación le informará al demandado que el tribunal se comunicará con él en el futuro y le solicitará que se comunique con el tribunal para proporcionar un correo electrónico y un número de teléfono antes de la fecha de la audiencia (también llamada "audiencia" o "comparecencia").
¿Ha habido otros cambios en el tribunal de reclamos menores debido a la pandemia de COVID-19?
Poco después de que se inicie el caso, lo más probable es que un programa de mediación de terceros se comunique con las partes sobre su interés en la mediación. La mediación es totalmente voluntaria y cualquiera de las partes puede "optar por no participar" (optar por no mediar y en su lugar ir a juicio ante un juez) sin que la decisión de "optar por no participar" tenga ningún efecto en su caso. Depende de cada parte si quiere elegir la mediación en lugar de, o antes, de ir a juicio, pero todas las partes deben estar de acuerdo con la mediación para que siga adelante. Si una de las partes opta por no participar en la mediación, el caso se programa para un juicio ante un juez. Si ambas partes aceptan la mediación, un mediador patrocinado por el tribunal puede comunicarse con las partes para programar una llamada inicial con cada parte individualmente antes de programar una sesión de mediación con ambas partes.
A partir de octubre de 2020, todas las comparecencias ante los tribunales se llevarán a cabo de forma remota y virtual mediante el uso de Microsoft Teams. El Tribunal se comunicará con usted con instrucciones y orientación sobre cómo comparecer de forma remota. Hay largas demoras en la programación de comparecencias ante el tribunal, por lo que debe comunicarse con el secretario del tribunal para verificar el estado de su caso.
¿Qué es la mediación?
La mediación es una forma de “resolución alternativa de disputas” donde el mediador, un tercero neutral, trata de ayudar a las partes a resolver su caso. La mediación es un esfuerzo para ver si las partes pueden llegar a una solución o arreglo de mutuo acuerdo sin recurrir a un litigio. En lugar de que un juez tome una decisión en el caso, las partes le piden a un tercero neutral, el mediador, que se reúna con ellas y las ayude a llegar a un acuerdo de solución de mutuo acuerdo para resolver su disputa.
Si las partes llegan a un acuerdo, generalmente llamado Estipulación de Acuerdo, el acuerdo se pondrá por escrito, será firmado por las partes y luego ordenado por el juez. Este acuerdo es vinculante para las partes que lo firmaron, lo que significa que es un contrato legal que el tribunal puede hacer cumplir en su contra. Por lo tanto, debe tener mucho cuidado de leer el acuerdo, comprenderlo y estar seguro de que podrá hacer todo lo que prometió hacer en él.
La mediación es voluntaria y cualquiera de las partes puede optar por no participar en la mediación y decidir ir a juicio ante un juez sin consecuencias negativas para su caso.
La mediación es confidencial, lo que significa que lo que se dice durante la mediación no se puede divulgar en la corte o al juez. Si una de las partes decide excluirse de la mediación, no se informa al juez sobre qué parte decidió excluirse.
La mediación en el Tribunal de Reclamos Menores de la Ciudad de Nueva York es gratuita. No hay ningún cargo para las partes por participar o no participar en la mediación.
El mediador no decide el resultado del caso; el papel del mediador es ayudar a las partes a llegar a su propia resolución, si es posible. El mediador no representa a ninguna de las partes y no puede brindarle asesoramiento legal. La mediación en el tribunal de reclamos menores de la ciudad de Nueva York no es "evaluativa", lo que significa que el mediador no puede asesorar ni informar a las partes sobre la fortaleza y/o debilidad de los reclamos. Puede comunicarse con la Unidad de Derecho del Consumidor de The Legal Aid Society llamando a la línea de ayuda de Acceso a Beneficios al (888-663-6880) de lunes a viernes de 10:00 a. m. a 3:00 p. si la mediación es apropiada para su caso.
¿Estoy obligado a aceptar la mediación?
No. La mediación en la corte de reclamos menores es "presunta", lo que significa que los casos de la corte de reclamos menores se referirán u optarán automáticamente por la mediación (u otra forma alternativa de resolución de disputas, como el arbitraje) como un paso inicial en el caso, en lugar de ir automáticamente a juicio ante un juez. Sin embargo, la mediación es completamente voluntaria y cualquiera de las partes puede "optar por no participar" (optar por no mediar y en su lugar ir a juicio ante un juez) sin que la decisión de "optar por no participar" tenga ningún efecto negativo en su caso. Depende de cada parte si quiere elegir la mediación en lugar de, o antes, de ir a juicio, pero todas las partes deben estar de acuerdo con la mediación para que siga adelante. Si una de las partes opta por no participar en la mediación, el caso se programa para un juicio ante un juez.
¿Pierdo mi derecho a un juicio si voy a mediación?
No. Si no llega a un acuerdo de conciliación en la mediación, no pierde su derecho a que un juez escuche su caso. Incluso si todas las partes aceptan inicialmente la meditación y luego, una vez en la mediación, deciden que ya no quieren mediar en su caso porque no pueden llegar a un acuerdo o por cualquier otra razón, cualquiera de las partes puede solicitar que un juez escuche su caso en lugar de un juez. mediador, siempre que las partes aún no hayan firmado un acuerdo de conciliación.
¿Qué es la resolución de disputas en línea (ODR)?
La resolución de disputas en línea (ODR), al igual que la mediación y el arbitraje, es una forma de "resolución alternativa de disputas". En ODR, la tecnología se utiliza para facilitar la resolución de disputas entre las partes.
Estoy preocupado por mi estatus migratorio. ¿Me meteré en problemas si voy a la corte?
Por ahora, el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de EE. UU. (ICE, por sus siglas en inglés) no está permitido en los tribunales del estado de Nueva York.
Recursos para personas que no hablan inglés
Si alguien que está demandando, siendo demandado o actuando como testigo en la corte no habla inglés, puede informarle al secretario de la corte de reclamos menores llamándolo antes de la audiencia e indicando que necesita un intérprete. Consulte la información de contacto a continuación. El secretario puede asignar un intérprete oficial al juicio.
Recursos para personas con discapacidades
Si necesita adaptaciones por una discapacidad, consulte la información de contacto del juzgado a continuación para encontrar el número de teléfono de la persona de contacto de su juzgado, o pregunte al secretario del juzgado en el juzgado.
¿Qué pasa si tengo una razón para demandar a alguien, pero ya me están demandando?
Si alguien lo demanda pero usted tiene una razón para demandarlo también, aún puede demandarlo nuevamente en el mismo caso. Puede hacerlo presentando una contrademanda contra ellos ante el secretario del tribunal. En la Corte de Reclamos Menores, una reconvención solo puede ser por dinero. Debe llamar al secretario del tribunal para preguntar cómo presentar una contrademanda. Consulte la información de contacto a continuación. Si presenta una contrademanda el día del juicio, el demandante puede pedirle al juez que posponga el juicio para tener tiempo de prepararse.
¿Qué sucede si me demandan, pero alguien más es responsable?
Es posible que pueda agregar a la persona o entidad responsable del caso. Pídale al secretario del tribunal información sobre una “acción de terceros”.
¿Dónde está el juzgado municipal?
- Condado de Nueva York
Tribunal Civil sala 325
111 Centre Street
Nueva York, NY 10013
646-386-5484 - Harlem
Centro de Justicia Comunitaria sala 302
170 East 121 Street
Nueva York, NY 10035
212-360-4113 - Condado de Richmond
Tribunal Civil sala 5
Avenida Castleton 927
Staten Island, Nueva York 10310
718-675-8460
Condado de Queens - Tribunal Civil sala 116
89-17 Bulevar Sutphin
Jamaica, NY 11435
718-262-7123 - Condado del Bronx
Tribunal Civil sala 105
Gran Concurso 851
Bronx, NY 10451
718-618-2517 - Condado de Kings
Tribunal Civil sala 905
141 Livingston Street
Brooklyn, NY 11201
347-404-9021
¿Estoy en el tribunal de reclamos menores del distrito correcto?/¿Qué pasa si no vivo, trabajo o tengo un lugar para hacer negocios en la ciudad de Nueva York?
Si vive, trabaja o tiene un lugar de negocios en la ciudad de Nueva York, puede ser demandado en el condado donde vive o donde vive, trabaja o tiene un lugar de negocios el demandante.
¿Podemos obtener ayuda para resolver esto antes de hablar con un juez?
Sí. Puede obtener servicios de mediación gratuitos en el centro de resolución de disputas comunitarias de su distrito. Pregúntele al secretario del tribunal o haga clic en aquí para obtener más información.
Abogados en la corte de reclamos menores
No necesita un abogado en la corte de reclamos menores, pero puede contratar uno para que lo ayude. La corte no le dará un abogado. Si lo están demandando en el Tribunal de reclamos menores por una supuesta deuda y cree que podría necesitar un abogado, puede comunicarse con Legal Aid Society aquí.
¿Puedo posponer mi juicio?
Siempre preséntese en el tribunal cuando se le indique en los documentos judiciales o cuando se lo indique un juez, árbitro, secretario o abogado que lo ayude con su caso. Cuando esté en el tribunal en la fecha de su audiencia, puede pedirle al tribunal que posponga (o “apruebe”) su juicio, pero el tribunal puede negar su solicitud si no tiene una buena razón.
También puede enviar una carta al Tribunal ya la otra parte solicitando la postergación. Si la otra parte está de acuerdo por escrito, lleve su carta al tribunal y entréguesela al secretario del tribunal. El secretario puede enviarle un aviso con la nueva fecha del juicio. Si la otra parte no está de acuerdo con la postergación, debe ir al tribunal en la fecha del juicio y explicar por qué necesita postergar el caso. Si usted o alguien en su nombre no puede presentarse en el tribunal, el tribunal puede leer su carta pero no posponer el caso, lo que significa que el tribunal puede decidir el caso en su contra sin que usted esté presente.
Durante la pandemia, también existe la opción de llamar al tribunal para solicitar un aplazamiento. Consulte "¿Dónde está el juzgado municipal?" arriba para los números de teléfono. Durante la pandemia, todas las audiencias se llevan a cabo virtualmente mediante el uso de Microsoft Teams, por lo que actualmente no se realizan comparecencias en persona.
¿Qué tengo que probar en mi juicio?
Si usted es el Demandante, debe probar que la parte a la que está demandando le debe el dinero.
Si usted es el Demandado, debe defenderse de las pruebas y los testigos del Demandante. Si está presentando reconvenciones contra el Demandante, debe probar que el Demandante le debe el dinero que reclama en sus reconvenciones.
¿Cómo me preparo para mi juicio?
Lea todos los documentos que le envíe la corte. Estos documentos pueden incluir instrucciones tanto para los Demandantes como para los Demandados y usted debe leerlos con mucho cuidado y seguir todas las instrucciones proporcionadas que correspondan a su caso. Si no está seguro de qué significa algo en los documentos judiciales que recibe, comuníquese con el secretario del tribunal para obtener una aclaración. Pero recuerde: el secretario no puede brindarle asesoramiento legal; solo puede responder preguntas sobre los procedimientos de la corte y cómo completar los formularios.
Conoce tu caso. Es importante estar preparado. Antes de su juicio, piense en:
- ¿De qué trata tu caso?
- ¿Que estas pidiendo?
- ¿Qué pide la otra parte?
- ¿Por qué debería obtener lo que está pidiendo?
- ¿Qué pruebas tienes de que deberías conseguir lo que pides?
- ¿Hay alguien que pueda servir como testigo en su caso?
- ¿Cuáles son las fortalezas y debilidades de su caso?
- ¿Qué razones cree que dará la otra parte por las que cree que debería obtener lo que está pidiendo?
- ¿Qué prueba cree que tendrá la otra parte? no tendrá?
- ¿Qué testigos cree que tendrá la otra parte?
Tome notas sobre lo que quiere decir en el juicio.
Asegúrese de haber organizado todas las pruebas que respalden su defensa, incluido el contrato de arrendamiento, las comunicaciones entre usted y su arrendador, las facturas detalladas, los cheques, los extractos bancarios, los recibos, las facturas, los comprobantes de pago, las fotografías, etc.
Puede tener testigos en su juicio. Un testigo puede ser usted, alguien que sabe algo sobre la disputa y/o alguien con mucho conocimiento sobre el tema subyacente de la demanda (es decir, un testigo experto). Todos los testigos deben jurar y afirmar decir la verdad ante el Tribunal. Si un testigo no quiere testificar o dar registros para ayudar con el caso, puede pedirle a la corte una citación.
Si usted o uno de sus testigos necesitará un intérprete en el juicio, puede informarle al secretario del tribunal de reclamos menores llamándolos antes de la audiencia e indicando que necesita un intérprete. El secretario puede asignar un intérprete oficial al juicio.
¿Qué es una citación?
Una citación es una orden judicial que ordena a alguien que lleve información al tribunal. Una citación debe entregarse correctamente. Al igual que ser notificado para el juicio, ninguna persona involucrada en el juicio puede entregar una citación, y el notificador debe tener al menos 18 años. También puede contratar a un notificador o alguacil para entregar una citación.
Árbitro contra juez
A veces, tiene la opción de que un árbitro decida su caso. Un árbitro es un abogado con experiencia capacitado para escuchar casos de reclamos menores. Las audiencias de árbitro son mucho menos formales que cuando un juez supervisa el caso. Si elige el arbitraje, puede ser un proceso más rápido en general, pero cualquiera que sea la decisión del árbitro es vinculante (final) y no se puede apelar, a diferencia de la decisión de un juez.
Qué hacer en una cita en la corte en la corte de reclamos menores
Debe presentarse en su cita en la corte. En algunos tribunales, el secretario verificará los nombres a medida que llegue y le informará cuando el tribunal esté listo para usted. En otros tribunales, debe esperar hasta que el secretario llame su caso y su nombre, momento en el que debe ponerse de pie y decir su nombre; a menos que desee posponer el juicio, diga "Listo"; y si desea posponer su prueba o realizar otra solicitud, diga "Solicitud". El juicio comenzará cuando usted y el demandante estén listos.
Traiga evidencia o testigos para ayudar a probar su caso, si es posible. Llegue al juzgado al menos 30 minutos antes. Deberá pasar por seguridad y, a veces, las filas pueden ser largas. Si una de las partes no se presenta el día del juicio, el tribunal desestimará su caso. Como demandado, si no está presente en el plazo de una hora a partir de la fecha en que se programó el caso, el tribunal escuchará el caso sin usted (este proceso se denomina indagatoria).
Si no puede presentarse debido a su edad, discapacidad mental, física o de otro tipo, otra persona puede testificar en su nombre. Esta persona debe presentar prueba de su relación con usted y debe pedirle al juez que le permita testificar por usted.
Actualmente, no se realizan comparecencias en persona en el Tribunal de Reclamos Menores y todas las audiencias se llevan a cabo de forma remota a través de Microsoft Teams. El Tribunal se comunicará con usted para brindarle orientación sobre las audiencias remotas, antes de cualquier comparecencia que pueda tener.
Consejos generales:
- Llega a tiempo
- Sea cortés (con todos)
- No interrumpas
- Escuche las instrucciones dadas por el Juez y el Secretario del Tribunal
- Si está confundido, haga preguntas.
¿Qué digo cuando me toca hablar en el juicio?
Cuando sea tu turno de hablar:
- Diríjase al juez como "Su Señoría"
- Describe lo que sucedió desde tu punto de vista.
- Muéstrele al juez cualquier evidencia que haya traído.
- Explique por qué cree que no le debe dinero al Demandante o por qué debe menos de lo que dice el Demandante.
- Si presentó una Contrademanda (diciendo que el Demandante hizo algo mal o le debe algo), explíquelo ahora.
- Si tiene testigos, dígale al juez que quiere que testifiquen. Cuando el juez le diga que puede interrogar a sus testigos, hágales las preguntas que preparó sobre lo que vieron/escucharon. Hágales preguntas que muestren por qué tiene razón.
¿Cómo decidirá el juez el caso?
El juez escuchará hablar a las partes ya los testigos y revisará las pruebas que presenten las partes. Después de eso, el juez puede decidir el caso de varias maneras diferentes:
- Si el juez determina que el demandante no pudo probar su caso, el juez puede fallar a favor del demandado y dictar sentencia a favor del demandado.
- Si el juez determina que el demandante ha probado su caso y el demandado no tuvo defensas, el juez puede fallar a favor del demandante y ordenar que el demandado pague al demandante.
- Cuando el demandado presentó una reconvención y pudo probar su caso, el juez podría fallar a favor del demandado y ordenar que el demandante pague al demandado.
- A veces, el juez puede encontrar que cada parte le debe a la otra y puede compensar un reclamo contra el otro.
Si el juez no decide a su favor, eso no significa necesariamente que el juez no creyó lo que dijo. La decisión del juez puede basarse en una ley que debe aplicarse a los hechos de su caso.
Si pierdo, ¿cómo puede la otra parte cobrarme dinero?
Si la otra parte gana, obtiene un fallo monetario de la corte. A ellos se les llama acreedor judicial y a usted se le llama deudor judicial. La sentencia es generalmente ejecutable por 20 años y devenga un interés del 9 por ciento anual. La otra parte puede intentar hacer cumplir la sentencia monetaria a través de un oficial de ejecución. Los agentes del orden son personas que están autorizadas a tomar dinero o propiedad de usted y, a menudo, son alguaciles o policías locales. El acreedor del fallo a veces contratará a una agencia de cobranza para obtener la ayuda de los oficiales de ejecución. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley pueden embargar su salario o congelar su cuenta bancaria (cierto dinero, como el seguro social o los beneficios de los veteranos, están exentos de embargo) y confiscar, vender u obtener un gravamen sobre la propiedad.
Si pierdo y se dicta un fallo en mi contra, ¿aparece en mi expediente?
Si lo demandan en la corte de reclamos menores y pierde, la corte dictará un fallo monetario civil en su contra. Si se dicta una sentencia civil monetaria en su contra, NO ha sido declarado culpable de un delito. No puede ser enviado a la cárcel por un juicio civil monetario. Las sentencias solían aparecer en los informes de crédito, pero eso ya no es cierto. Los juicios ya no afectan su crédito.
¿Qué sucede si no me presento a una audiencia y se dicta una sentencia en mi contra?
Si no compareció en la primera comparecencia o en las subsiguientes por un motivo válido, puede intentar anular el fallo monetario que se dictó en su contra y reabrir el caso presentando una Orden para demostrar causa. Comuníquese con el secretario del tribunal para obtener instrucciones y formularios para presentar una orden para demostrar motivos justificativos.
¿Tengo alguna protección si pierdo el caso y se dicta una sentencia en mi contra?
Según las leyes federales y del estado de Nueva York, los fallos no se pueden ejecutar para recaudar ciertos tipos de ingresos que están exentos de cobro, incluidos: Seguro Social, SSI, discapacidad, pensiones, manutención de niños, pensión alimenticia, seguro de desempleo, beneficios para veteranos, compensación para trabajadores, y asistencia pública.
Los primeros $2,850 en su cuenta bancaria están protegidos automáticamente contra el cobro si contiene en parte cualquier beneficio exento depositado directamente mencionado anteriormente. Generalmente, los primeros $3,600 en todas las demás cuentas bancarias están exentos de cobro. Su ingreso del trabajo está exento de cobro, si su salario neto semanal es menos de 30 veces el salario mínimo. (El salario mínimo actual de Nueva York es de $15 para la mayoría de los empleadores, por lo que el monto protegido es de $450 de su salario neto)
¿Qué es una citación de información?
Una citación informativa es un documento que se envía después de un juicio monetario en el que se hacen preguntas sobre los activos de la persona o empresa que perdió la demanda. Si recibe una citación de información, debe responder rápidamente, o de lo contrario puede ser declarado en desacato y podría pasar tiempo en la cárcel.
Atractivo
Puede apelar si su caso fue decidido por un juez. Apelar es pedirle a un tribunal superior que revise su caso. Si el juez dicta una sentencia en rebeldía porque una u otra de las partes no se presenta al juicio, no puede apelar; en su lugar, puede pedirle al mismo tribunal que vuelva a abrir el caso.
Muy pocas decisiones de reclamos menores son apeladas, y aún menos son exitosas. Un tribunal superior solo decidirá si hubo justicia sustancial, es decir, un juicio justo, entre las partes. Por lo general, el tribunal superior no cambiará una decisión del tribunal de reclamos menores debido a un error técnico cometido en el juicio.
Para apelar, debe presentar un Aviso de apelación dentro de los 30 días posteriores a la sentencia del Tribunal. Si recibe el fallo de la corte por correo, tiene 35 días para presentar el Aviso con una Declaración jurada de entrega. El Aviso de apelación se presenta en el tribunal que decidió el caso. Puede leer sobre cómo comenzar el proceso de apelación aquí.
Después de presentar su apelación
Debes perfeccionar tu apelación. Esto significa obtener una transcripción del tribunal de reclamos menores, redactar y entregar un escrito con sus argumentos y presentar sus documentos ante el tribunal de primera instancia. El tribunal enviará sus documentos al tribunal superior para decidir si escucharán su caso. Para obtener más información sobre cómo apelar, vaya a .
Aviso
La información en este documento ha sido preparada por The Legal Aid Society solo con fines informativos y no es un consejo legal. Esta información no pretende crear, y recibirla no constituye, una relación abogado-cliente. No debe actuar sobre ninguna información sin contratar un asesor legal profesional.
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