Si vive en un refugio HERRC con su familia, recibirá un aviso de 60 días. Si vive en un refugio del Departamento de Servicios para Personas sin Hogar de la Ciudad de Nueva York (“NYC DHS”), recibirá un aviso de 60 días a menos que usted o algún miembro de su familia tenga un caso activo de Asistencia en Efectivo con la Administración de Recursos Humanos de la Ciudad (“NYC DHS”). HRA”). Si vive en un refugio del DHS de la Ciudad de Nueva York y tiene un caso activo de Asistencia en Efectivo con la HRA para cualquier miembro de su familia, actualmente no tiene un límite de tiempo para su estadía y no recibirá un aviso de 60 días.
Lo que necesita saber sobre los avisos de refugio de 60 días si es una familia con niños
La ciudad de Nueva York está emitiendo avisos de 60 días a todas las familias con niños que viven en refugios y que llegaron a los Estados Unidos después del 15 de marzo de 2022 y tienen miedo de regresar a su país de origen. Estos avisos de 60 días informan a las familias que su colocación en refugio finalizará después de 60 días.
¿Quién recibirá un aviso de 60 días?
¿Qué significa el plazo de 60 días en el aviso de refugio?
Significa que tiene un máximo de 60 días a partir de la fecha del aviso para permanecer en su refugio actual. Después de 60 días, tendrá que regresar al Centro de llegadas del Hotel Roosevelt para volver a presentar la solicitud si necesita una nueva ubicación.
¿Puedo obtener una extensión para permanecer en mi refugio por más de 60 días?
Es posible que reciba una extensión de su estadía actual en el refugio si pertenece a cualquiera de estos grupos:
Vivir en un refugio del DHS de la Ciudad de Nueva York y recibir actualmente beneficios de asistencia en efectivo
Si usted es una familia que vive en un refugio del DHS de la Ciudad de Nueva York y recibe dinero del gobierno a través de un programa de la HRA llamado “Asistencia en efectivo” o “Asistencia de red de seguridad”, puede continuar quedándose en su refugio sin límite de tiempo.
Personas embarazadas y bebés en refugios HERRC
Las personas embarazadas en el tercer trimestre y los bebés menores de seis (6) meses deberían obtener automáticamente una excepción a la regla de los 60 días. Estos grupos pueden permanecer en su refugio actual hasta que el bebé cumpla seis meses.
Discapacidad
Si alguien de su familia tiene una discapacidad, toda la familia puede recibir una extensión en su aviso de 60 días. Si la discapacidad es obvia (como estar en silla de ruedas), no debería necesitar obtener prueba de la discapacidad. Si la discapacidad no es obvia, la persona con discapacidad debe recibir una carta de un proveedor médico (u otro profesional con experiencia en la discapacidad de la persona) que explique por qué el familiar discapacitado necesita una extensión o excepción. Si se concede el alojamiento, toda la familia recibirá una extensión de su estancia de 60 días. Nota: tener una discapacidad no es suficiente para una extensión; la documentación debe explicar por qué es necesaria una extensión para adaptarse a la discapacidad de una persona.
¿Qué debo hacer si mi familia recibe un aviso de 60 días?
Si es elegible para recibir Asistencia en Efectivo pero no tiene un caso abierto, debe solicitarlo de inmediato. De lo contrario, la Ciudad espera que usted intente encontrar otro lugar para vivir, hable con servicios sociales y organizaciones sin fines de lucro para obtener ayuda, y pruebe cualquier trabajo o escuela disponible que pueda ayudarlo a salir del refugio. Debe reunirse con su administrador de casos para analizar otras opciones de vivienda que pueda tener. Si sabe que necesitará una extensión porque uno o más miembros de su familia tienen una discapacidad, debe hablar con su administrador de casos o con el personal en el lugar lo antes posible sobre cómo solicitar una adaptación razonable.
¿Cómo sé si soy elegible para recibir asistencia en efectivo o red de seguridad?
Usted es elegible si ha solicitado asilo o Estatus de Protección Temporal y cumple con el requisito de ingresos. También puede ser elegible por otras razones. Debe solicitar asistencia en efectivo con la HRA para poder recibirla. La HRA tarda 30 días en procesar una solicitud, por lo que debe presentarla de inmediato si es elegible.
¿Cómo solicito la asistencia de Safety Net?
Primero debe enviar una solicitud. Puede enviar una solicitud en línea en ACCEDER A HRA, en persona en cualquier Centro de acceso a beneficios de HRA, o imprimir un copia en papel y enviarlo por correo a cualquier Centro de acceso a beneficios de HRA. Si necesita una copia de la solicitud o tiene alguna pregunta, puede llamar a HRA Infoline al 718-557-1399.
Después de enviar la solicitud, debe enviar los documentos requeridos. Puede cargar documentos en la aplicación AccessHRA tomando fotografías con su teléfono inteligente.
También debe completar una entrevista para que se procese su solicitud. Para completar la entrevista, llame a la línea telefónica de entrevistas de CA al 929-273-1872, de lunes a viernes, de 8:30 a. m. a 5:00 p. m. Es posible que deba esperar varias horas antes de comunicarse con un trabajador social para hacer tu entrevista.
Una vez que envíe su solicitud, la HRA debería procesar su caso dentro de los 30 días. Si su caso no se procesa en 30 días o necesita ayuda, consulte al personal del refugio o comuníquese con la línea de ayuda de Acceso a Beneficios de The Legal Aid Society llamando al 888-663-6880 de lunes a viernes de 10:00 a. m. a 3:00 p. m.
¿Qué pasa si no tengo ningún otro lugar adonde ir al final de los 60 días?
El día 60, deberá empacar todas sus pertenencias, dejar su refugio actual e ir al Hotel Roosevelt (también conocido como Centro de Llegadas) ubicado en 45 East 45th Street, Nueva York, NY 10007 para solicitar otra ubicación. . No puede dejar pertenencias en su refugio actual. En el Hotel Roosevelt, hay una fila separada para las familias que regresan después de 60 días. Se le proporcionarán comidas mientras espera su colocación.
¿Mis hijos deben faltar a la escuela mientras mi familia vuelve a presentar su solicitud en el Hotel Roosevelt?
Los niños en edad escolar pueden permanecer en la escuela mientras usted vuelve a solicitar refugio después de 60 días. Si la Ciudad lo ubica en un nuevo refugio HERRC, puede ir directamente al nuevo refugio sin tener que traer a sus hijos en edad escolar al Hotel Roosevelt.
Sin embargo, puede recibir una ubicación en el sistema tradicional del DHS de la ciudad de Nueva York o en una habitación de hotel a través de la Asociación de Hoteles de la Ciudad de Nueva York (“HANYC”). Si obtiene una de esas colocaciones, deberá traer a sus hijos al Hotel Roosevelt antes de poder ir al nuevo refugio. El personal del Centro de Llegadas le indicará si necesita traer a sus hijos una vez que encuentren un lugar para su familia.
¿Recibiré otra colocación en un refugio cuando vuelva a presentar la solicitud al final de los 60 días?
Sí. Las familias con niños tienen derecho a alojamiento en la ciudad de Nueva York, y la ciudad debe encontrarle otra ubicación a su familia cuando vuelva a presentar la solicitud. La nueva colocación podría ser en un HERRC durante 60 días, en un hotel durante 28 días o en un refugio del DHS sin límite de tiempo establecido.
¿Puedo volver a mi ubicación original después de volver a presentar la solicitud?
Desafortunadamente, no. En este momento, la Ciudad no permite que las familias regresen a su ubicación original. Recibirá una nueva ubicación en uno de los sistemas de refugios de la ciudad de Nueva York.
¿Mi familia será alojada en un refugio cerca de las escuelas de mis hijos?
Actualmente, la ciudad dice que las familias serán ubicadas en refugios en el distrito de las escuelas de sus hijos más pequeños. Si bien esta es la política actual, la Ciudad no ha prometido mantener a las familias en el mismo distrito donde se encuentra la escuela de su hijo menor después de que expire su segundo aviso de 60 días. Para obtener más información sobre los derechos educativos de su hijo, consulte: Lo que necesita saber sobre sus derechos como nuevo estudiante inmigrante.
¿Qué pasa si mi familia recibe correo en mi ubicación anterior?
Su refugio original debe retener su correo por un período de tiempo después de que se mude. Debe preguntar al personal del refugio cuánto tiempo se retendrá el correo antes de partir para asegurarse de no perder ningún documento importante.
¿Cuánto tiempo lleva el proceso de nueva solicitud después de que expire mi aviso de 60 días?
Puede llevar muchas horas, pero se le debe proporcionar la colocación el mismo día en que vuelva a presentar la solicitud.
Traducciones
Este recurso ha sido traducido y se puede descargar en Fulani/Pulaar y Wolof.
Aviso
La información en este documento ha sido preparada por The Legal Aid Society solo con fines informativos y no es un consejo legal. Esta información no pretende crear, y recibirla no constituye, una relación abogado-cliente. No debe actuar sobre ninguna información sin contratar un asesor legal profesional.
En esta página
- Presentación
- Avisos de 60 días
- Lo que significa
- Prórrogas de tiempo para presentar declaraciones de impuestos
- Siguientes Pasos
- Efectivo/red de seguridad
- Solicitar red de seguridad
- Después de los días 60
- faltar a la escuela
- Nuevas ubicaciones de refugio
- Volver a presentar la solicitud en la ubicación original
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- Aviso