Si faltan sus cosas en su unidad de refugio o si lo transfirieron a un nuevo refugio y su antiguo refugio no puede ubicar sus cosas, pregunte al personal del refugio si saben qué pasó con sus cosas. Si no se pueden ubicar las cosas o si están dañadas permanentemente, puede presentar una demanda en el Tribunal de reclamos menores. Si gana, esta demanda puede permitirle recuperar el dinero equivalente al valor de los artículos perdidos o dañados.
Lo que necesita saber si un refugio perdió o dañó sus cosas
Si su refugio perdió o dañó sus cosas, puede presentar una demanda en el Tribunal de Reclamos Menores por hasta $10,000.
¿Qué hago si mis cosas se pierden o dañan mientras estoy en el refugio?
¿Qué es la corte de reclamos menores?
La corte de reclamos menores es una sección de la Corte Suprema de Nueva York donde puede demandar a una persona o agencia por hasta $10,000. En el Tribunal de Reclamos Menores, las demandas por pequeñas cantidades de dinero se escuchan y se deciden rápidamente.
En la corte de reclamos menores, solo puede demandar por dinero. No puede presentar un caso por dolor y sufrimiento o hacer que el DHS (o cualquier otra persona) haga algo. Por ejemplo, si las cosas que perdió en el refugio valían $100, puede demandar al DHS o al proveedor del refugio por $100. No puede demandar al DHS o al proveedor del refugio por el dolor y el sufrimiento que soportó al perder sus cosas.
¿Quién puede demandar en la corte de reclamos menores?
Cualquier persona mayor de 18 años puede demandar en el Tribunal de Reclamos Menores. Si tiene menos de 18 años, su padre o tutor puede presentar una demanda en su nombre.
¿Cuándo puedo iniciar un caso en la corte de reclamos menores?
Si planea demandar al DHS, primero debe presentar un Aviso de reclamo dentro de los 90 días posteriores a la fecha en que nota que faltan o están dañados. Puede notificar al DHS completando un formulario de reclamo por pérdida de propiedad esta página. Si solo está demandando al proveedor del refugio, no necesita presentar un aviso de reclamo.
Puede comenzar su caso en el tribunal de reclamos menores tan pronto como sus cosas se pierdan o se dañen. Si está demandando al DHS, existe un estatuto de limitaciones de 1 año + 90 días. Esto significa que tiene 1 año + 90 días para presentar una demanda contra el DHS. Debe contar desde la fecha en que notó que sus artículos faltaban o estaban dañados. Si está demandando a un proveedor de refugio, hay un estatuto de limitaciones de tres años. Esto significa que tiene hasta tres años para presentar una demanda contra un proveedor de refugio.
¿Dónde está la corte de reclamos menores?
Debe presentar su demanda en el condado correspondiente. Puede presentar el caso en el condado donde vive actualmente. Si está demandando al DHS, puede hacerlo en el condado de Nueva York (Manhattan) ya que el DHS se encuentra allí. O, si está demandando a un proveedor de refugio, puede presentar la demanda en el condado donde se encuentra el refugio. A continuación se encuentran las direcciones de la corte de reclamos menores por condado:
Bronx
Gran Concurso 851
Bronx, NY 10451
Ver mapa
Brooklyn
141 Livingston Street
Brooklyn NY 11201
Ver mapa
Manhattan
111 Centre Street
Nueva York, NY 10013
Ver mapa
170 East 121st Street
Nueva York, NY 10035
Ver mapa
Queens
89-17 Bulevar Sutphin
Jamaica, NY 11435
Ver mapa
Staten Island
Avenida Castleton 927
Staten Island, Nueva York 10310
Ver mapa
¿Necesito un abogado para demandar en la corte de reclamos menores?
No. No necesita un abogado para demandar en la corte de reclamos menores. Los casos de la corte de reclamos menores están destinados a ser fáciles de presentar sin un abogado. Sin embargo, puede tener uno, si lo desea. Si no puede pagar un abogado, puede comunicarse con la línea directa de información general para reclamos civiles y de menor cuantía y solicitar ayuda para encontrar asistencia legal al 646-386-5700.
¿Cómo empiezo el caso de reclamos menores?
Comenzará su caso en la corte de reclamos menores yendo a la corte de reclamos menores en el condado correcto y llenando un formulario de la corte. Puede obtener el formulario de la corte del secretario de la corte en su condado (ubicado en las direcciones anteriores) o en línea. Para completar el formulario, necesitará el nombre y la dirección correctos de cada persona o agencia a la que está demandando. También deberá explicar el motivo de la demanda e indicar la cantidad de dinero que solicitará para su reclamo.
Cuando haya completado el formulario, puede presentarlo en la Oficina del Secretario del Tribunal de Reclamos Menores de su condado (ubicada en las direcciones anteriores). Hay una tarifa judicial para la presentación: $ 15 para reclamos de hasta $ 1,000 y $ 20 para reclamos de más de $ 1,000. Una vez que haya pagado la tarifa, se le dará una fecha para presentarse ante el tribunal de reclamos menores para un juicio. Si no puede pagar la tarifa de presentación, puede solicitar una exención de la tarifa.
Después de presentar su caso, es posible que el DHS o el refugio le ofrezcan un acuerdo. Un acuerdo es una cantidad de dinero que están dispuestos a pagarle para que no tenga que ir a juicio, y depende de usted decidir si la cantidad que le ofrecen es suficiente para renunciar a su derecho a un juicio.
Muchas personas optan por no ir a juicio y acceden a la mediación con el DHS. El Mediador escuchará el lado de la historia de cada parte y tomará una decisión sobre su reclamo. Esta decisión es vinculante y no puede ser apelada. Muchas personas eligen la mediación porque ganar en un juicio es raro y, a menudo, desafiante.
¿Cómo pruebo que mis cosas se perdieron o dañaron?
Antes de iniciar un caso en el tribunal de reclamos menores, debe organizar todas las pruebas que tiene para respaldar su reclamo. Debe llevar pruebas, como fotos, recibos, informes de incidentes o cartas a cualquier cita con el tribunal o el mediador. También puede traer los artículos dañados. Si va a juicio, puede traer testigos que puedan testificar sobre su reclamo. Por ejemplo, podría traer a alguien que sabía que tenía dos maletas y sabe que faltan.
¿Qué sucederá durante mi juicio en la corte de reclamos menores?
Usted, como demandante, presentará primero su versión de los hechos. Usted hará un juramento de decir la verdad y luego le dirá a la corte lo que sucedió. Luego le mostrará al tribunal su evidencia. El tribunal y el demandado (persona o agencia a la que está demandando) pueden hacerle preguntas sobre el caso. Si tiene testigos, prestarán juramento, testificarán y el tribunal y el acusado también pueden hacerles preguntas. A continuación, el acusado prestará juramento y contará su versión de los hechos. Puede hacerle preguntas al acusado y a sus testigos.
¿Qué sucede después de mi juicio?
El Tribunal le enviará por correo una decisión por escrito a usted y al demandado dentro de unos días. Recibirá una Notificación de fallo, que incluirá: la decisión del tribunal sobre si el demandado le debe dinero; si la decisión es que el demandado le debe dinero, cuánto dinero debe pagarle el demandado; la dirección y número de teléfono de la oficina del alguacil; y cómo puede cobrar el dinero que se le debe.
Traducción
La información de esta página ha sido traducida al español y está disponible para descargar esta página.
Observación
La información en este documento ha sido preparada por The Legal Aid Society solo con fines informativos y no es un consejo legal. Esta información no pretende crear, y recibirla no constituye, una relación abogado-cliente. No debe actuar sobre ninguna información sin contratar un asesor legal profesional.
En esta página
- General
- Artículos perdidos o dañados
- Corte de Reclamos Menores
- Demandar en la corte de reclamos menores
- Cuándo presentar un reclamo
- Dónde presentar un reclamo
- Representación
- Cómo iniciar un caso de reclamos menores
- Prueba de pérdida o daño
- Procedimiento de prueba
- Después del juicio
- Traducción
- Observación